¿Qué dicen las reformas de la CSS?

La Asamblea Nacional aprobó recientemente la reforma a la ley de la Caja de Seguro Social (CSS), luego de varios debates. Durante el proceso legislativo, se identificaron errores en la fecha de entrada en vigor, lo que llevó a la postergación del tercer debate. Finalmente, el proyecto fue aprobado con los ajustes correspondientes.

En Nueva Nación, estamos llevando a cabo un análisis detallado del contenido de la reforma, más allá de la polémica y los intereses políticos que han surgido en torno al tema. El proyecto, que supera las 125 páginas, exige un estudio minucioso. En esta nota, presentamos algunos de los principales cambios que hemos identificado hasta el momento, con base en la versión final de la ley.

 

Edad de jubilación

El nuevo proyecto no contempla un aumento inmediato en la edad de jubilación. Sin embargo, establece que en un plazo de seis años se realizará una evaluación actuarial a través de tres entidades especializadas. Este análisis determinará la sostenibilidad del sistema de pensiones y, en caso de ser necesario, podría recomendar un incremento en la edad de jubilación, que no podría ser mayor a tres años. La decisión final dependerá de estudios actuariales y del respaldo del Órgano Ejecutivo y la Asamblea Nacional.

 

Obligación de afiliación

Uno de los cambios más significativos es la obligatoriedad de afiliación a la CSS para los trabajadores independientes. Actualmente, la afiliación es voluntaria, pero la nueva ley busca formalizar el empleo informal imponiendo la inscripción obligatoria. Sin embargo, la implementación de este cambio aún no cuenta con una regulación clara sobre los procedimientos específicos, lo que podría generar dificultades para microempresas y trabajadores autónomos.

 

Pensiones mínimas

La reforma introduce tres tipos de pensiones solidarias que actúan como redes de seguridad para garantizar que ninguna persona quede completamente desprotegida en su jubilación.

La Pensión Garantizada Solidaria establece un ingreso mínimo de $265 mensuales para quienes hayan trabajado y cotizado al sistema por al menos 240 meses. Esta prestación se otorga a hombres de 62 años o más y a mujeres de 57 años o más que cumplan con los requisitos de cotización.

La Pensión de Beneficio Mínimo funciona como un complemento para aquellos trabajadores que han cotizado entre 120 y 240 meses y cuya pensión calculada sea menor a $144. En estos casos, el Estado ajusta la pensión hasta alcanzar dicho umbral, garantizando un sustento básico a estas personas.

La Pensión de Beneficio Solidario cubre a los jubilados que, habiendo cotizado al menos 240 meses, reciben una pensión inferior a $265. En estos casos, el Estado aporta la diferencia hasta alcanzar este monto, asegurando que quienes han trabajado durante largos periodos no queden en condiciones de vulnerabilidad.

 

Cálculo de pensiones

El nuevo modelo introduce un «factor de pensionamiento» que considerará la expectativa de vida del pensionado, el rendimiento de las inversiones de la CSS y las condiciones financieras de la entidad. Este factor no reemplaza por completo el cálculo basado en años de contribución y salario promedio, sino que se suma a la metodología tradicional para mejorar la sostenibilidad del sistema.

El «factor de pensionamiento» es un coeficiente multiplicador que ajusta la pensión en función de la esperanza de vida del jubilado. Cuanto mayor sea la edad de retiro, mayor será este factor, lo que resulta en una pensión más alta. Al momento de jubilarse, el total acumulado de la pensión se divide por 1,000 y se multiplica por este factor. Por ejemplo, una persona que se retire a los 60 años tendrá un factor de 4.99, mientras que alguien que se jubile a los 70 recibirá un factor de 6.04. Esto implica que esperar más tiempo para retirarse resultará en un pago mensual más alto, mientras que jubilarse a una edad menor reducirá la cantidad percibida, ya que la CSS anticipa un periodo de pago más prolongado.

 

Capitalización, fondo único y ahorro voluntario

La reforma establece el Sistema Único de Capitalización con Garantía Solidaria (SUCGS), eliminando la coexistencia del sistema de Beneficio Definido y el Subsistema Mixto. En lugar de dos sistemas de pensiones separados, ahora todos los aportes se concentran en un solo esquema. Este nuevo modelo garantiza una pensión mínima y distribuye los recursos de manera solidaria.

El sistema anterior operaba con dos estructuras. El Beneficio Definido garantizaba una pensión fija basada en los últimos salarios y era sostenido directamente por la CSS. El Subsistema Mixto, en cambio, dividía los aportes entre un fondo solidario y una cuenta de ahorro individual, lo que generaba desigualdades y problemas de financiamiento.

Con la nueva ley, se crea el Fondo Único Solidario, que absorbe las reservas financieras de los sistemas anteriores y centraliza los aportes de todos los trabajadores. Este fondo permite la distribución equitativa de los recursos y busca garantizar la sostenibilidad del sistema a largo plazo.

El SUCGS se estructura en dos componentes. Primero, está el Componente Solidario No Contributivo, que protege a personas con pensiones bajas. Incluye la Pensión de Beneficio Mínimo, que eleva pensiones inferiores a $144, y la Pensión de Beneficio Solidario, que complementa las pensiones hasta alcanzar $265.

Segundo, está el Componente Contributivo de Capitalización Solidaria, donde la pensión final depende de las contribuciones acumuladas, el rendimiento financiero y el apoyo solidario garantizado por el Estado.

El cambio más importante es la eliminación de las cuentas de ahorro individuales en el Subsistema Mixto. Ahora, todos los aportes se canalizan a un fondo común administrado por la CSS. A pesar de esto, la ley mantiene la posibilidad de realizar aportes voluntarios para mejorar la pensión al jubilarse, pero dentro de la nueva estructura del sistema.

 

Migración de sistemas

Los asegurados que ya cotizaban antes de la reforma seguirán en sus sistemas actuales por un período de transición.

Quienes estaban en el antiguo Beneficio Definido permanecerán allí, mientras que los afiliados al Subsistema Mixto continuarán bajo su esquema hasta el 1 de marzo de 2036, cuando serán transferidos automáticamente al nuevo sistema.

Durante el primer año, tras la entrada en vigor de la ley, los asegurados podrán optar voluntariamente por migrar al SUCGS, pero esta decisión será irreversible. A partir de ahora, todos los nuevos cotizantes ingresarán directamente al nuevo sistema, eliminando la coexistencia de modelos anteriores y consolidando un esquema de pensiones unificado.

 

Principios operativos

La reforma incorpora principios que buscan mejorar la administración y los servicios de la CSS. Se establece la sostenibilidad financiera como un objetivo prioritario, exigiendo una gestión eficiente de los recursos. Además, se refuerza el concepto de trato humanizado, garantizando atención digna y oportuna para los asegurados. La efectividad de estos principios dependerá de su aplicación práctica y del cumplimiento de las normativas.

 

Transparencia y gobernanza

La nueva ley refuerza las normas de transparencia en la administración de la CSS. Se establece la obligación de presentar estados financieros claros y accesibles de manera trimestral. Además, se publicarán listas de empresas morosas cada seis meses y se implementarán mecanismos de participación ciudadana en la toma de decisiones financieras. También se fortalecen los mecanismos de auditoría y se permite a la CSS ejercer mayor presión legal sobre empleadores que incumplan sus aportes.

 

Sistema de salud

La nueva ley refuerza la administración de los servicios de salud de la CSS, estableciendo una estructura más organizada para la gestión de infraestructura, recursos humanos y financieros. Aunque no se plantea una fusión con el Ministerio de Salud, se promueve una mejor coordinación entre ambas instituciones.

 

Contribuciones

Las contribuciones patronales son los aportes que los empleadores deben realizar a la CSS como parte de su responsabilidad en la seguridad social de sus trabajadores. Estas contribuciones se calculan como un porcentaje del salario de cada empleado y constituyen una fuente fundamental de financiamiento para el sistema de pensiones y salud.

Antes de esta reforma, desde 2013, la tasa de contribución patronal era del 12.25% del salario. Con la nueva ley, el proyecto incrementa gradualmente este porcentaje. Hasta febrero de 2027, la tasa será del 13.25%. Entre marzo de 2027 y febrero de 2029, aumentará al 14.25%. Desde marzo de 2029 en adelante, la contribución será del 15.25%. Además, los empleadores deberán aportar un 10.75% sobre el pago del décimo tercer mes.

Estos incrementos afectarán tanto a empleadores como podrían afectar a empleados. Históricamente, el aumento en las contribuciones patronales tiene un impacto en la oferta salarial, ya que las empresas pueden ajustar su presupuesto laboral a la baja para absorber el costo adicional.

 

Conclusión

La reforma a la ley de la CSS introduce cambios estructurales importantes y, aunque busca fortalecer la sostenibilidad del sistema, plantea desafíos tanto para empresas como para trabajadores. A medida que avancen las regulaciones y la implementación de estas medidas, será clave evaluar su impacto real en la seguridad social del país.

 

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