Lo bueno.
Es impresionante el avance que ha producido la implementación del Sistema Penal Acusatorio —la estructura nueva a través de la cual se procesan los casos judiciales— en el tiempo de resolución de procesos en Panamá. En el Tercer Distrito Judicial —Chiriquí y Bocas del Toro— el tiempo promedio histórico de un caso desde su apertura hasta la primera sentencia era de 422.5 días.
Hoy es de 18 días.
Esto se ha efectuado a través de un proyecto iniciado por la administración de Martín Torrijos que sorpresivamente ha logrado perdurar a través del tiempo, probablemente porque fue adoptado como Ley de la República en el 2008. Aunque luego, al darse cuenta del enorme trabajo de renovación que habían adquirido, la Asamblea Nacional pospuso la implementación por dos años.
La ley fue entrando por fases y así mismo los efectos se iban notando. En el Segundo Distrito Judicial: boom, de 278.4 días a 86 días. En el Cuarto, de 169.7 días a 59.5 días. Esto significa tiempo ahorrado, apelaciones más rápidas, mayor disponibilidad de los jueces y sobre todo, mayor certeza para las personas involucradas en algo tan oneroso como un caso judicial.
No es sólo la velocidad, sino su elevación a un valor. El Sistema Penal Acusatorio estudia la velocidad de sus jueces a tal grado que es posible decir que la jueza Yazmín Jaén, por ejemplo, a julio de 2016, tenía un tiempo promedio de sesión de 26 minutos. Su máximo tiempo de sesión fue una de casi dos horas. ¿Su sesión más rápida? Dos minutos.
La nueva velocidad que imprime el sistema penal acusatorio —el cual definiremos brevemente luego— es tal, que ha logrado que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, un cuerpo que históricamente se toma su tiempo para tomar decisiones, haya resuelto 46 de los 56 recursos de casación que se les han presentado. La casación —el recurso que busca anular totalmente una sentencia judicial— es uno de los procesos más complejos ya que implica la revisión de todo el proceso nuevamente.
No solo eso, están todos los casos que ni siquiera llegan a alguno de los 11 jueces de garantía y 14 de juicio con los que cuenta el Sistema Penal Acusatorio en todo el país. Unos 1,261 casos se han ido directo a mediación en los distritos judiciales del interior —el Primer Distrito Judicial apenas ha adoptado el nuevo sistema, por lo cual es prematuro juzgar— y la mitad de esos que se fueron a mediación llegaron a un acuerdo extrajudicial, algo así como un buen apretón de mano.
Como para poner una cereza encima del pastel, el Órgano Judicial es uno de los poderes más egalitarios. De un total de 503 jueces, 207 son hombres y 296 son mujeres.
Pero.
El Órgano Judicial no es sólo el Sistema Penal Acusatorio. También es una impresionante y vasta entidad con sus propias regulaciones y cultura que administra el antiguo Sistema Penal Inquisitivo. Por facilidad, SPA y SPI. El SPA fue creado para reemplazar el SPI, pero debido a la tardía adopción del primero en el distrito judicial capitalino, este reemplazo apenas se empieza a notar. Mientras tanto, la vasta burocracia del antiguo sistema continúa en operación.
El SPA apenas está comenzando. En total, cuenta con unos 14 jueces. El SPI —sólo en lo civil y lo penal, sin contar marítimo, laboral y las otras ramas— consta de 75 diferentes despachos judiciales, es decir, un juez, secretario, archivista y recepcionista, al menos. En total hay 284 de estos despachos, los cuales están recibiendo un ingreso de 160 mil nuevos casos. Es decir, 564 casos al año por despacho.
Cada año, entra una mediana de 150 mil casos nuevos, de los cuales unos 90 mil quedarán sin resolver al cierre del año. El 2015, el año inició con 79 mil casos, entraron 165 mil, se resolvieron 160 mil y quedaron pendientes 83 mil.
Esta mora afecta la calidad de la sociedad. Alrededor de la mitad de las personas encarceladas en Panamá lo están por virtud de una detención preventiva, no por una condena judicial.
De hecho, el mismo Órgano Judicial calcula la carga laboral por juzgador, que incluye los juzgados, o cortes iniciales, y los Tribunales Superiores, o cortes de apelación. Se define como “(casos pendientes + ingresados) ÷ número de juzgadores)”. En el periodo entre 2013 y 2015, el promedio anual era de 784 casos por juzgador. Es decir, 3.2 casos por día laboral —sin contar los feriados— reflejo de un sistema sobrecargado.
Tan sobrecargado está, que ha incluso tenido que nombrar a jueces de descarga, juzgadores especializados cuyo trabajo es eliminar la mora judicial. El programa inició en 2008 con 7 jueces. Hoy, el programa de descarga o descongestión judicial cuenta con 29 jueces. Estos jueces han sido nombrados temporalmente a sus cargos para ayudar a reducir la cantidad de juicios pendientes. Se espera que una vez terminen, algunos pasen a trabajar para el nuevo SPA.
Debido a la sobrecarga, se optó por crear el Sistema Penal Acusatorio, que se enfoca más en el juicio y la calidad de los argumentos que en el proceso de investigación del juez y la formalidad de las leyes arcaicas de justicia. Una fácil referencia: el SPA depende mucho más en el proceso oral y la confrontación, mientras que el SPI depende de un proceso tedioso escrito y en la descripción minuciosa de las pruebas.
Al acercarse la fecha de implementar el Sistema Penal Acusatorio en el Primer Distrito Judicial —que incluye Colón, Darién, Panamá y las Comarcas— la Corte Suprema de Justicia se topó con un fuerte limitante: el dinero.
El costo de operar la Ley de Carrera Judicial, creada en agosto de 2015 para asegurar la estabilidad laboral de los nuevos empleados, era tal, que el 11 de julio de 2016, los magistrados de la CSJ se reunieron fuera de su agenda regular y decidieron por omitirla. Nombraron sin chistar a las 60 personas que comenzaron a operar el SPA en San Miguelito sin apegarse a lo dispuesto en la ley. Poco después, escogieron a unos 930 funcionarios —por fuera del marco de carrera judicial— para operar el Sistema Penal Acusatorio en el Primer Distrito Judicial a un costo de $21 millones al año en planilla.
El magistrado presidente, José Ayú Prado, se justificó indicando que los nombramientos son interinos y que los fondos originalmente destinados para el proceso de carrera judicial —unos $10 millones— tendrían que ser invertidos en el Sistema Penal Acusatorio.
Cabe destacar, para no caer en alarmismo, que esta forma de designación no afectará la estabilidad de los fallos emitidos por ese órgano, según los abogados que hemos consultado. A pesar de esto, no seguir la ley de carrera judicial le dio enorme flexibilidad al magistrado presidente para nombrar a allegados suyos.
Cheat Sheet: El Órgano Judicial.
El Órgano Judicial, el sistema de cortes, está concebido en la Constitución. Su misión es administrar justicia —resolver conflictos— de forma rápida, sin paros innecesarios y sobre todo, no debe generarle costos a los ciudadanos, salvo por el impuesto pagado para operarlo. Es decir, la justicia es gratuita.
La cúpula superior está compuesta de nueve magistrados. Tres son magistrados civiles —viendo temas de propiedad privada—, tres son penales, supervisando la corrección de delincuentes y tres tratan con la operación del Estado. Cuando los nueve magistrados trabajan juntos, son llamados el Pleno, el mayor cuerpo dispensador de justicia en Panamá. Cabe destacar que por ocupar esta posición delicada, la calidad moral de la nación depende de ellos.
Debajo de ellos operan 69 jueces en los Tribunales Superiores, 313 en los Juzgados de Circuito y 112 en los Juzgados Municipales, al menos uno por distrito político.
El Ministerio Público también pertenece al Órgano Judicial, pero su evaluación queda para otra edición.
Quis custodiet.
Panamá ha venido invirtiendo más en justicia y ampliando su capacidad judicial, sin duda. En el 2006, el Órgano Judicial, en su totalidad, operaba con $40.5 millones. Hoy día, su gasto operativo ronda los $96.4 millones, gestionados por una planilla de 3,966 empleados judiciales. También el salario promedio ha aumentado, de los $751 en 2006 hasta los $1,178 al cierre del año pasado.
Pero, ¿ha representado esto un aumento en calidad?
El catedrático y abogado constitucionalista Miguel Antonio Bernal piensa que no. Le pedimos que calificara al Órgano Judicial del uno al 10. “Uno”, respondió, desestimando cualquier avance. “No hay mejoría alguna mientras no exista independencia judicial y no la hay en Panamá”.
Aquí, Bernal se refiere a un rol primario que cumple el Órgano Judicial como contrapeso de los poderes ejecutivo y legislativo. La Constitución dota de fuertes poderes al Órgano Judicial para mantener a sus compares en orden, pero hoy día la Corte Suprema se rehúsa a ejercer ese rol.
Prueba está en que la investigadora de La Prensa, Mary Triny Zea, reveló que la Asamblea Nacional, bajo la presidencia de Rubén De León, había emitido unos $9 millones en concepto de “ayudas económicas”, algunas de las cuales no habían ni siquiera llegado a su destinatario final. Cabe destacar que esta función social o caritativa de la Asamblea no está contemplada dentro de la Constitución Nacional.
A pesar de esta revelación, el Pleno de la Corte Suprema indicó que ni siquiera abriría una investigación sobre el hecho, lo cual Annette Planells, del Movimiento Independiente (MOVIN), catalogó como un “error garrafal“.
Carlos Ernesto González Ramírez, abogado corporativo, califica al Órgano Judicial distinto. “Tres”, dice. Considera que el Órgano, a pesar de sus fallas, está mejorando “pero no a la velocidad y con la integridad que se esperaría.” La abogada Mariela Ledezma, por su parte, sólo aumenta la calificación un poco: “Cuatro”, dice.
Recientemente, dos eventos sorpresivos han roto la monotonía que rodea a los procesos de transparencia de la corte. Por un lado, el magistrado de la CSJ, Alejandro Moncada Luna, fue separado de su cargo y enviado a prisión ene el 2015 por enriquecimiento a costa del Estado. Además, la CSJ decidió eliminar el reglamento que le permitía a los diputados obtener el vistobueno de la Contraloría al hacer sus donativos fantasmas, indicando que tal comportamiento era inconstitucional.
Ledezma no está convencida. “No creo que la corte está en proceso de mejoría pues con esos dos casos […] apenas alcanza a cumplir mínimamente con parte de sus funciones”.
El balance.
El Sistema Penal Acusatorio, en números, representa un enorme avance en relación al proceso tradicional. Pero el Órgano Judicial también debe operar como contrapeso a los excesos de los poderes ejecutivo y legislativo, una tarea que, de acuerdo a nuestros entrevistados, no está cumpliendo. Lograr que el Órgano cumpla su rol no será el resultado de una modernización legal ni mayor inversión, sino de la operación de una fuerte voluntad política, un reemplazo de su liderazgo y una verdadera independencia por parte de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.